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No prescriben los gastos

Parecía, hace apenas tres meses, que toda la polémica sobre el fin del plazo de prescripción para reclamar los gastos hipotecarios quedaba más clara con la sentencia que el Tribunal Supremo al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó el 25 de enero y a la que ya dedicamos una publicación con su análisis. Sin embargo, nada más lejos de la realidad, pues aún, a día de hoy, sigue generándose confusión y pese a lo dicho en aquella resolución, volvemos a poner fecha al fin de estas reclamaciones.

En los últimos días, numerosas personas se han visto desconcertadas por las distintas fechas que se han mencionado como plazos para reclamar por los gastos hipotecarios.

Las fechas límite para reclamar los gastos hipotecarios

En enero se difundió ampliamente que el 23 de enero de 2024 marcaba el fin del plazo para realizar este tipo de reclamaciones. Esta fecha se derivaba de la una de las alternativas que se planteaba por el TJUE en una sentencia que aún está pendiente de dictarse sobre la prescripción de los gastos hipotecarios.

Esa alternativa implicaba comenzar a contar el plazo de 5 años en la fecha en que el Tribunal Supremo determinó por sentencia el modo en que debían repartirse los gastos hipotecarios tras la declaración de nulidad de la cláusula.

Sin embargo, para llegar al 23 de enero no se había tenido en cuenta que, durante el periodo de pandemia, se suspendieron los plazos de prescripción, lo que suponía que debían sumarse 82 días a esa fecha, lo que trasladaba ese supuesto fin del plazo al 14 de abril siguiente.

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La importancia de una decisión clara

Sin embargo, el 25 de enero el TJUE emitió una sentencia relevante sobre el inicio del plazo de prescripción en casos de cláusulas abusivas en contratos hipotecarios que, al menos, dejaba claro que ni el 23 de enero, ni el 14 de abril. Esta sentencia reafirmó que el inicio del plazo no puede ser determinado por la mera fijación de una doctrina jurisprudencial concreta, sino que depende de la toma de conciencia del consumidor sobre sus derechos.

Por tanto, ya desde el pasado 25 de enero, resulta absurdo continuar manteniendo que la reclamación de gastos ha prescrito o que puede prescribir el 14 de abril. Se trata de algo ya superado.

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