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Mis hijos ya no son tan pequeños. ¿Podría pedir ahora la custodia compartida? Esta pregunta se plantea bastante a menudo. Sin embargo, la respuesta no era sencilla.

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Cuando se produce una ruptura y los hijos son muy pequeños, solemos dar por sentado que debe establecerse la custodia en favor de la madre, sobre todo cuando nos encontramos ante hijos en edad lactante. Esto ocurre porque tenemos interiorizada esa dependencia de los niños con la madre en edades tan tempranas.

Sin embargo, el Supremo ha resuelto, en una sentencia del pasado mes de junio, un asunto en el que admite la posibilidad de modificar esa custodia, inicialmente monoparental, en una custodia compartida, simplemente por haber cambiado la edad de los menores.

El caso enjuiciado es el de una pareja que, en su ruptura firmó un convenio regulador, teniendo los dos hijos 3 y 5 años de edad.

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En ese convenio los padres establecieron una custodia monoparental en favor de la madre. Sin embargo, casi tres años después, el padre inicia un procedimiento por el que solicita que se establezca la custodia compartida en lugar de la custodia monoparental que se fijó en su día.

Para justificar este cambio de custodia, el padre pone de manifiesto que ahora cuenta con una vivienda independiente y, sobre todo, que ahora los hijos son algo mayores, teniendo 6 y 8 años en lugar de los 3 y 5 que tenían cuando se firmó el convenio. Según el padre, ese cambio de custodia es lo más recomendable pensando en el interés de los niños.

Sin embargo, aunque el Juzgado de Primera Instancia estima esta petición, la Audiencia Provincial de Guipúzcoa determina la improcedencia de modificar el régimen de custodia, ya que afirma que la situación no ha variado desde la sentencia que aprobaba el convenio regulador y los niños tienen una edad lo suficientemente corta como para cambiarles la rutina sacándolos ahora de la vivienda en la que siempre han vivido.

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La decisión del Tribunal Supremo

Sin embargo, el Tribunal Supremo resuelve este asunto entendiendo que la sentencia de la Audiencia Provincial no se había dictado atendiendo a ese interés del menor,  que precisamente hace que tengamos que ver la custodia compartida como el régimen más deseable y, teniendo en cuenta que además el informe psicosocial no veía impedimento en que se estableciera la custodia compartida, entiende que esta es la solución más acertada.