Tiempo de lectura: 3 minutos

Si alguien es declarado heredero por su cónyuge, ¿seguirá siéndolo tras divorciarse? Esto que es bastante común que pueda ocurrir, no tenía una respuesta unitaria por los distintos juzgados y audiencias provinciales de nuestro país. Por ello el Tribunal Supremo ha tenido que pronunciarse y unificar los distintos criterios que existían.

El caso ante el Tribunal Supremo

El pasado 28 de septiembre de 2018 el Tribunal Supremo tuvo que resolver un un recurso en el que se trataba esta cuestión.

El asunto consistía en un matrimonio que a los pocos años de casarse otorgó testamento, declarando cada cónyuge al otro como heredero, aunque, en este caso concreto, sólo conocemos lo ocurrido con el testamento otorgado por la esposa, ya que es ella la que fallece en primer lugar y es su testamento el que está cuestionado.

Así, la esposa nombró heredero a su esposo D. Esteban. Sin embargo, unos veinte años después ambos cónyuges se divorcian, no se modifica el testamento y, otros siete años después, la esposa fallece.

Al fallecer sin hijos, la hermana de la fallecida demandó al que fue esposo de su hermana, D. Esteban, pidiendo que se declarara ineficaz ese testamento, por entender que el hecho de que su esposo fuese precisamente su esposo, era el motivo de declararlo heredero y, al haberse divorciado, ya no debía ser considerado heredero, porque ya había dejado de cumplirse esa condición.

Vídeo:

La solución dada en primera y segunda instancia

El Código Civil establece que los testamentos deben interpretarse conforme a su sentido literal, salvo que se entienda claramente que la voluntad del testador era otra.

Tanto el Juzgado como la Audiencia Provincial entendían que el hecho de establecerse en el testamento que se declara heredero “a su esposo D. Esteban” no implica que, la condición de esposo fuera un requisito que debiera cumplirse, simplemente se describe la circunstancia en que en ese se encontraba este señor.

Por eso, ambas sentencias mantenían la validez del testamento, amparándose también en el hecho de que transcurrieron siete años desde el divorcio hasta el fallecimiento de la esposa sin que se modificase el testamento.

Podcast:

La solución dada por el Tribunal Supremo

En contra de lo dicho por el Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Ontinyent y por la Sección 7.ª de la Audiencia Provincial de Valencia, el Tribunal Supremo ha declarado que el testamento dejó de ser eficaz. Entiende que cuando en él se establecía que se nombraba heredero a su esposo D. Esteban, no se mencionaba la condición de esposo con la única intención de describir tal circunstancia, sino que afirma que tal expresión refleja la condición que debe tener el heredero nombrado para poder suceder. Para el Tribunal Supremo ser esposo es la condición que se estableció para ser heredero y que, como ya no lo es, no es eficaz el testamento.