
¿Qué es la cláusula suelo?
La cláusula suelo es un límite establecido por las gran mayoría de bancos en los préstamos hipotecarios a interés variable que impide que el tipo de interés aplicable tras alguna de las distintas revisiones que se realizan a lo largo de toda la vida del préstamo pueda bajar de un determinado porcentaje
¿Como saber si tiene cláusula suelo?
Si en los últimos años la cuota que paga por su hipoteca no ha bajado, lo más seguro es que tenga cláusula suelo.
No obstante, si consulta la escritura de su préstamo hipotecario y busca la estipulación que regula el tipo de interés variable, deberá localizar una cláusula con un contenido similar a este:
En ningún caso, el tipo de interés aplicable al prestatario será inferior al 3,50 por ciento nominal anual.
o este:
Límite a la variación del tipo de interés aplicable. No obstante lo previsto en los dos apartados anteriores, se acuerda y pacta expresamente por ambas partes, que el tipo de interés nominal anual mínimo aplicable en este contrato será del 5,500 por ciento.
¿Puedo recuperar el dinero pagado de más en todos estos años?
Cuando se declara la nulidad de una cláusula por ser abusiva, la consecuencia es que se debe devolver todo lo que se haya pagado por culpa de esa cláusula.
El Tribunal Supremo dictó una Sentencia el pasado año 2015 mediante la que limitaba la devolución a lo que se hubiera pagado de más desde el 9 de mayo de 2013, fecha en que dictó la primera sentencia sobre cláusulas suelo.
Sin embargo, el 21 de diciembre de 2016 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha acabado con cualquier duda a este respecto, declarando que con la nulidad de la cláusula suelo se debe devolver todo lo que se haya pagado indebidamente desde la firma del préstamo.
¿Cómo puedo pedir la nulidad y recuperar mi dinero?
El pasado 20 de enero de 2017, se aprobó el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, mediante el que se establece un procedimiento de reclamación extrajudicial por el que el cliente que presente una reclamación al banco deberá recibir una respuesta en el plazo máximo de tres meses.
Esta respuesta, en caso de apostar por asumir la nulidad de la cláusula, deberá ir acompañada de una liquidación en la que se contemplen las cantidades que el particular tenga derecho a percibir. En este caso, es muy recomendable que el particular acuda a un abogado o economista para comprobar la corrección de esa liquidación.
No obstante, en caso de que la entidad bancaria no asuma la abusividad de la cláusula y, por tanto, su respuesta sea contraria a eliminarla y devolver el dinero al consumidor, si se quiere recuperar el dinero que se ha pagado por motivo de la cláusula suelo, hay que demandar, acudiendo a un abogado especialista en este tipo de asuntos.

Calcule cuánto ha pagado de más en todos estos años
Realice un cálculo aproximado de las cantidades que podría reclamar.
Los cálculos obtenidos son orientativos, siendo las cantidades definitivas las que se calculen tras un estudio pormenorizado de la escritura de constitución del préstamo hipotecario así como de las distintas modificaciones que se hayan podido realizar.
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